miércoles, 28 de noviembre de 2012

DERECHO HUMANOS Y LIBERTADES INDIVIDUALES EN MEXICO

En tiempos precortecianos entre el siglo XII y XIV los Aztecas protegían ciertos derechos, que actualmente podrían equivaler a las garantías individuales, por ejemplo, la mujer azteca tenía derecho a la propiedad; además, podía reclamar justicia ante el Consejo conjunto de calpullis o solicitar el divorcio.
En enero de 1824 un nuevo Congreso estableció el Acta Constitutiva de la Federación, que instituía el sistema federal, Libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa.
Los Derechos Humanos pueden ser definidos, en un primer momento, como todos aquellos que tiene cada hombre o mujer por el hecho de serlo y formar parte de la sociedad en que vive.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos, en su artículo 6º del Reglamento Interno, define a los Derechos Humanos como: “...los Derechos Humanos son los inherentes a la naturaleza humana, sin los cuales no se puede vivir como ser humano. En su aspecto positivo, son los que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los que se recogen en los pactos, los convenios, y los tratados internacionales suscritos y ratificados por México”  

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